Publicación en el MAGAZIN DOMINICAL del Periódico EL ESPECTADOR, 29 de Octubre de 1972
BOLIVAR Y EL FEDERALISMO
Compilación de Alfredo Vanegas Montoya
En esta América tropical, donde a menudo se repiten las más extrañas paradojas, insistimos en las “revoluciones en libertad”, las “dictaduras del orden” y las “aristocracias del proletariado” utilizando para ello una gama de principios políticos que, dada su heterogeneidad, deja el simple aspecto especulativo de la investigación científica, para apoderarse, en veces, de la conciencia colectiva. Ese fenómeno se presenta de nuevo en Colombia con el tema del federalismo que invade todos los niveles de la comunidad. De esa polémica, que no propusimos, se ocupó en su hora el Libertador. Sus opiniones las presentamos en esta compilación, como un aporte orientador en un debate de importancia general.
“Nuestra división, y no las armas españolas, nos tornó a la esclavitud”. Simón Bolívar.
Quizá la primera manifestación que sobre el federalismo formuló Bolívar, se encuentra consignada en la Memoria dirigida a los ciudadanos de Nueva Granada por ‘Un Caraqueño” y que fue signada en Cartagena de Indias el 15 de diciembre de 1812. Después de un análisis profundo de las causas de la división de Venezuela concluye:
“Pero lo que debilitó más el Gobierno de Venezuela, fue la forma federal que adoptó, siguiendo las máximas exageradas de los derechos del hombre, que autorizándolo para que se rija por sí mismo rompe los pactos sociales, y constituye a las naciones en anarquía. Tal era el verdadero estado de la Confederación. Cada provincia se gobernaba independientemente; y, a ejemplo de éstas, cada ciudad pretendía iguales facultades alegando la práctica de aquéllas y la teoría de que todos los hombres, y todos los pueblos, gozan de la prerrogativa de instituir a su antojo, el gobierno que les acomode.
El sistema federal bien que sea el más perfecto y más capaz de proporcionar la felicidad humana en sociedad es, no obstante, el más opuesto a los intereses de nuestros nacientes Estados. Generalmente hablando, todavía nuestros conciudadanos no se hallan en aptitud de ejercer por sí mismos y ampliamente sus derechos; porque carecen de las virtudes políticas que caracterizan al verdadero republicano: virtudes que no se adquieren en los gobiernos absolutos, en donde se desconocen los derechos y los deberes del ciudadano.
Por otra parte ¿qué país del mundo por morigerado y republicano que sea, podrá, en medio de las facciones intestinas y de una guerra exterior, regirse por un gobierno tan complicado y débil como el federal? No, no es posible conservarlo en el tumulto de los combates y de los partidos. Es preciso que el gobierno se identifique, por decirlo así, al carácter de las circunstancias, de los tiempos y de los hombres que lo rodean. Si éstos son prósperos y serenos, él debe ser dulce y protector; pero si son calamitosos y turbulentos, él debe mostrarse terrible, y armarse de una firmeza igual a los peligros, sin atender a leyes ni constituciones, ínterin no se restablecen la felicidad y la paz.
Caracas tuvo mucho que padecer por defecto de la Confederación que lejos de socorrerla le agotó sus caudales y pertrechos; y cuando vino el peligro la abandonó a su suerte, sin auxiliarla con el menor contingente. Además le aumentó sus embarazos habiéndose empeñado una competencia entre el poder federal y el provincial, que dio lugar a que los enemigos llegasen al corazón del Estado, antes que se resolviese la cuestión de si deberían salir las tropas federales o provinciales a rechazarlos, cuando ya tenían ocupada una gran porción de la provincia. Esta fatal contestación produjo una demora que fue terrible para nuestras armas. Pues las derrotaron en San Carlos sin que les llegasen los refuerzos que esperaban para vencer.
Yo soy de sentir que mientras no centralicemos nuestros gobiernos americanos, los enemigos obtendrán las más completas ventajas; seremos indefectiblemente envueltos en los horrores de las disensiones civiles, y conquistados vilipendiosamente por ese puñado de bandidos que infestan nuestras comarcas.
Las elecciones populares hechas por los rústicos del campo, y por los intrigantes moradores de las ciudades, añaden un obstáculo más a la práctica de la Federación entre nosotros; porque los unos son tan ignorantes que hacen sus votaciones maquinalmente, y los otros tan ambiciosos que todo lo convierten en facción; por lo que jamás se vio en Venezuela una votación libre y acertada; lo que ponía el gobierno en manos de hombres ya desafectos a la causa, ya ineptos, ya inmorales. El espíritu de partido decidía en todo y, por consiguiente, nos desorganizó más de lo que las circunstancias hicieron. Nuestra división y no las armas españolas, nos tornó a la esclavitud.”
El 12 de agosto de 1813, se dirige el Libertador al Gobernador de Barinas, Manuel Antonio Pulido. En su nota le expone sus ideas, fundamentales para la organización y buena marcha del Estado.
“A nada menos quisiera prestar materia que a las sospechas de los celosos amantes del federalismo que pueden atribuir a miras de propia elevación las providencias indispensables para la salvación de mi país; pero cuando pende de ellos la existencia y fortuna de un millón de habitantes, y aun la emancipación de la América entera, toda consideración debe ceder a objeto tan interesante y primero.
Lamento ciertamente que en el oficio de V. S. de 27 de julio se reproduzcan las viciosas ideas políticas que entregaron a un débil enemigo una República entera, incomparablemente más poderosa en proporción. Recorra V. S. la presente campaña y hallará que un sistema muy opuesto ha restablecido la libertad. Malograríamos todos los esfuerzos y sacrificios hechos si volviésemos a las embarazosas y complicadas formas de la administración que nos perdió. Vea V. S. cómo no son naciones poderosas y respetadas sino las que tienen un gobierno central y enérgico. La Francia y la Inglaterra disponen hoy del mundo, nada más que por la fuerza de su gobierno, porque un jefe sin embarazos, sin dilaciones, puede hacer cooperar millones de hombres a la defensa pública.
¿Cómo pueden ahora pequeñas poblaciones, impotentes y pobres, aspirar a la soberanía y sostenerla? Me objetará V. S. las soberanías de los Estados Unidos; pero primero estas soberanías no se establecieron sino a los doce años de la revolución, cuando terminada la guerra aquella Confederación estaba reconocida de sus propios opresores y enemigos; hasta entonces los mismos vencedores habían sido los jefes superiores del Estado, y a sus órdenes todo salía sin réplica: ejércitos, armas y tesoro. Segunda, que las provincias de los Estados Unidos, aunque soberanas, no lo son más que para la administración de la justicia y la política interior. La hacienda, la guerra, las relaciones exteriores de todas las soberanías, están enteramente bajo la autoridad del solo Presidente de los Estados. Ninguna provincia tampoco es soberana, sin una población y riqueza bastante para hacerla respetar por sí sola. Ochocientos mil habitantes es la menor población de la más débil soberanía de aquellos Estados.
En la Nueva Granada la lucha de pretensiones semejantes a las de V. S., degeneró en una abominable guerra civil que hizo correr la sangre americana, e iba a fenecer la independencia de aquella vasta región, sin mis esfuerzos para mediar una conciliación y el reconocimiento de una suprema autoridad. Jamás la división del poder ha establecido y perpetuado gobiernos, sólo su concentración ha infundido respeto para una nación, y yo no he libertado a Venezuela sino para realizar este mismo sistema. ¡Ojalá hubiera llegado el momento de que pasara mi autoridad a otras manos! Pero mientras dure el actual e inminente peligro, en despecho de toda oposición, llevaré adelante el plan enérgico que tan buenos sucesos me ha proporcionado.
Observa V. S. que no teniendo en sus manos el poder soberano sobre esa provincia, se entorpece el curso de los negocios y no atiende V. S. a los embarazos que añade a la expedición de ellos la necesidad de que intervengan las disposiciones de muchos hombres a efecto de que se haga una sola cosa. Para intimar mis órdenes debo entenderlas, comunicarlas y archivarlas. Esto que por sí tiene sus lentitudes, debía ser lo único y suficiente; mas si es necesario que una y otra autoridad delibere sobre lo mismo, interprete y practique las más formalidades, se atrasan los momentos y no se ejecutan debidamente, o más bien jamás, las disposiciones necesarias a toda la nación, pues una de dos cosas: o deben obedecer las órdenes supremas y entonces otro soberano no es más que un rodeo, inconducente y lento; o puede desobedecerlas y modificarlas, y está destruida la cooperación o disuelto el Estado.
En el discurso pronunciado el 15 de febrero de 1819 en el Congreso de Angostura, nuestro Libertador afirma:
“Cuanto más admiro la excelencia de la Constitución Federal de Venezuela, tanto más me persuado de la imposibilidad de su aplicación a nuestro estado. Y según mi modo de ver es un prodigio que su modelo en el Norte de América subsista tan prósperamente y no se trastorne al aspecto del primer embarazo o peligro. A pesar de que aquel Pueblo es un modelo singular de virtudes políticas y de ilustración moral; no obstante que la Libertad ha sido su cuna, se ha criado en la libertad, y se alimenta de pura Libertad: Lo diré todo, aunque bajo de muchos respectos, este Pueblo es único en la historia del género humano, es un prodigio repito que un sistema tan débil y complicado como el federal haya podido regirlo en circunstancias tan difíciles y delicadas como las pasadas. Pero sea lo que fuere, de este Gobierno con respecto a la Nación Americana debo decir, que ni remotamente ha entrado en mi idea asimilar la situación y naturaleza de dos Estados tan distintos como el Inglés Americano y el Americano Español ¿No sería muy difícil aplicar a España el código de Libertad política, civil y religiosa de Inglaterra? Pues aún es más difícil adaptar en Venezuela las leyes del Norte de América ¿No dice el Espíritu de las Leyes que estas deben ser propias para el Pueblo que se hacen? ¿Que es de una gran casualidad que las de una Nación puedan convenir a otra? ¿Que las leyes deben ser relativas a lo físico del país, al clima, a la calidad del terreno, a su situación, a su extensión, al género de vida de los Pueblos? ¿Referirse al grado de Libertad que la constitución puede sufrir, a la Religión de los habitantes, a sus inclinaciones, a sus riquezas, a su número, a su comercio, a sus costumbres, a sus modales? ¡He aquí el Código que debíamos consultar, y no el de Washington!
“La excelencia de un Gobierno no consiste en su teórica, en su forma, ni en su mecanismo, sino en ser apropiado a la naturaleza y al carácter de la Nación para quien se instituye”.
No es necesario profundizar en forma extensa, porque de las páginas anteriores sale una conclusión precisa sobre los criterios que el Libertador tuvo del sistema federal. Es muy importante que los nuevos exégetas de estas rancias tesis, discurran con el tino que el momento político requiere, para que no sufran el desengaño que la historia prodiga a quienes se empecinan en alterarla y en desconocer sus indefectibles ciclos.
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